Las marcas se encuentran protegidas en la Argentina por la Ley de Marcas Nº 22.362. Ésta define qué se puede inscribir como marca (entre otras y con ciertas limitaciones, una o más palabras con o sin sentido conceptual, dibujos e imágenes).

La Ley establece que una marca registrada tiene una duración como tal por diez (10) años. El plazo se puede extender en forma indefinida por períodos de diez (10) años si la marca se ha utilizado dentro del período de cinco (5) años anterior al vencimiento, en la comercialización de un producto, en la prestación de un servicio o como parte de la designación de una actividad.

La caducidad de inscripción de una marca es de cinco años, es decir, se puede declarar la caducidad de la inscripción de una marca si la misma no se utilizó dentro de los cinco años anteriores a la fecha en se presente la solicitud para la declaración de caducidad.

La protección de patentes en la Argentina se rige por la Ley Nº 111 así como también por el Convenio de París de 1883 para la Protección de la Propiedad Industrial.

Conforme a dicha Ley, las patentes se pueden otorgar por cinco, diez o quince años según el mérito de la invención y el propósito de la inscripción. Asimismo, la revalidación de una patente extranjera se emite por un plazo de diez años, pero en ningún caso excederá el término concedido a la patente primitiva con la cual caducará.

La inscripción de una patente caduca luego de dos años sin uso.

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